29/Apr/2024
Editoriales

Los Alcaldes de Monterrey. Vigésima quinta parte

Roque Fato (O Tato) y López, Alcalde primero. Enero a septiembre 22 de 1790

 

Roque Fato fue un administrador colonial nativo de Cataluña, que vino a la Nueva España a ejercer diversos cargos como administrador de aduanas y tabaco. Residió en Monterrey, ciudad en la que fue electo Alcalde Primero en enero de 1970, cargo que, como veremos, no ejerció todo el periodo, pues al sufrir un padecimiento gastrointestinal debió dejar el cargo.

  Para empezar a estudiarlo, debemos aclarar que su apellido es incierto; en algunos casos aparece Fato y en otros Tato, apelativos igualmente comunes en Cataluña por lo que no se puede asegurar cuál era a ciencia cierta. Nos hemos decidido por Fato, el nombre que más veces aparece en los documentos oficiales.

 

Roque Fato y López fue electo alcalde primero, junto al alcalde segundo, Pedro José Elizondo.

 

‘En la ciudad de Monterrey, a primero de enero de mil setecientos y noventa años, estando juntos en Cabildo de ella compuesto de los señores Don Manuel Baamonde Villamil Caballero del Orden de Alcántara Coronel de infantería del ejército Gobernador político y militar de este Nuevo Reyno de León por Su Magestad (que Dios guarde) y Comandante de las armas en él Presidente, Don Joseph Joaquín Canales Regidor Alférez Real Propietario, Don Manuel de Sada Regidor Contador de Menores y Albaceazgos, Don Francisco Javier de Urresti capitán Regidor Alguacil Mayor y Don Joseph Antonio García Dávila capitán Regidor Alcalde Provincial se procedió a la elección de alcaldes ordinarios… (eligiendo como) Alcalde de 1º voto a Don Roque Fato y de segundo a Don Pedro Joseph Elizondo’

 

Autorizaba el alcalde Fato la contratación de presos en calidad de sirvientes

Algo que ahora es extraño, en tiempos coloniales era común. Se podía tomar como sirvientes a los presos; el contratante cubría una fianza al ayuntamiento que garantizara la presentación del reo cuando el alcalde lo requiriera. Veamos un caso autorizado por el alcalde primero:

  ‘Andrés Molano, vecino de esta Ciudad, otorga fianza a favor de José Esteban Cárdenas, quien se halla preso en la real cárcel de esta Ciudad “por haberse hurtado una mujer y estar descubierto en varios créditos”. Molano lo ‘recibe en fiado preso, como carcelero comentariense comprometiéndose a devolverlo o presentarlo en cuanto le sea pedido’.

 

Certifica el alcalde Fato la muerte del obispo fray Rafael José de Verger

Un acto muy importante en el que el alcalde Roque Fato participó como testigo fue la certificación de la muerte del segundo alcalde de Linares, fray Rafael José de Vergel “El Obispo constructor que edificó el Obispado y la primera obra de infraestructura hidráulica de nuestra ciudad el acueducto del Obispado a la Ciudad”. Veamos esta narración del 5 de julio de 1790:

  ‘Diligencia de certificación de la muerte del Ilmo. Dr. Fray Rafael José Verger, Obispo de este Reino, dada en el Palacio de Ntra. Sra. de Guadalupe "que está a media legua distante de esta Capital... y subiendo arriba se me expresó había fallecido a las dos de la tarde y entrando en la vivienda donde su señoría Ilmo. yacía, lo encontré en su cama, al parecer muerto y para asegurarme en ello, presentes siendo los sujetos que abajo nombraré, precedí por mí mismo a llamarle por su nombre, apellido y dignidad... repitiendo por tres veces... Y no habiéndome respondido, como no me respondió, volví a los circunstantes y dije: Parece que efectivamente está muerto el Ilmo. y Rmo. señor doctor don Fray Rafael José Verger, sin embargo le toqué el cuerpo y aún estaba caliente; y si bien todos los circunstantes convinieron en lo mismo llamé al P. Fray Antonio Vera y Gálvez, religioso laico del Apostólico Colegio de San Fernando, a quien trajo en su compañía su Sría. Iltma. y lo curaba, para que reconociera el cuerpo del difunto...". Ante don Manuel Bahamonde, Gobernador Político y Militar. Testigos, Roque Fato y López, Alcalde Ordinario de primer voto; Lic. Juan Manuel Mejía, Abogado de la Real Audiencia de México; el P. Fray Joaquín Bolaños, misionero apostólico, confesor de su señoría; el Bachiller José Amato de Arizpe, Cura del valle de Guajuco "encargado del de esta parroquia"; y el Bachiller Juan José Guerra, de asistencia, Agustín Somohano y Andrés del Castillo. Firma también Fray Antonio de la Vera y Gálvez’.

 

Fija el alcalde Fato y López los límites entre Monterrey y Guadalupe 

de la Nueva Tlaxcala

El alcalde Fato y López debió servir como juez para fijar los límites del pueblo de Nuestra Señora de Guadalupe de la Nueva Tlaxcala, lo que a la larga definiría los actuales límites entre los municipios de Monterrey y Guadalupe:

  “(Juicio) Promovido por los Tlaxcaltecas del Pueblo de Villa de Guadalupe, sobre linderos de tierras”

 

Sin embargo, el conflicto sobre los límites territoriales requirió 

la intervención del Defensor de indios.

El conflicto territorial entre tlaxcaltecas de Guadalupe de la Nueva Tlaxcala y las tierras de los hispanos, tomó tiempo y tuvo sus complicaciones al grado de que, funcionarios de la corona, como el defensor de indios debieron participar:

  “Autos seguidos por Don José Pariente como defensor de los indios de nueva conversión, contra Don José Antonio García Dávila, sobre agua que se disputan.”

  Había oposición para que los castellanos ocuparan la tierra de las faldas del cerro de la Silla que habían sido adjudicadas a los tlaxcaltecas:

  “El expediente contiene documentos acerca de la oposición del Cabildo y principales Tlaxcaltecas, a la venta de las tierras que se arrendaron a Don Francisco Arizpe, en el paraje de la Silla, pueblo de Guadalupe.”

 

Los riesgos sanitarios hicieron mella en la salud de los reineros, 

incluyendo al mismísimo alcalde Fato y López, quien declinó.

La sanidad de la ciudad era extremadamente precaria. Las enfermedades gastrointestinales alcanzaron al propio alcalde Roque Fato y López quien, en septiembre de 1790, hubo de retirarse de su cargo. El Cabildo resolvió nombrar al alcalde segundo Pedro José de Elizondo como alcalde único.

  No encontramos datos que indiquen cuando recuperó la salud el alcalde en retiro Roque Fato y López.

 

Pedro José de Elizondo, Alcalde Segundo 1790. Alcalde Único de Septiembre 22 de 1790 al 31 de Diciembre de 1790

 

Veamos el fragmento del acta donde Roque Fato se disculpó de sus ausencias por enfermedad. Pedro José de Elizondo, nativo de Pesquería Grande -hoy municipio de García-se encargó de las facultades del alcalde primero como juez de lo Civil, adicionalmente a sus responsabilidades como alcalde segundo, es decir, como juez de lo criminal: 

  ‘En la ciudad de Monterrey, en veinte y dos días del mes de septiembre de mil setecientos noventa años, estando junto y congregado en esta sala de Ayuntamiento el muy ilustre Cabildo de ella compuesto de los señores Don Pedro José de Elizondo Alcalde Ordinario de segundo voto Presidente, Don José Joaquín Canales Regidor Alférez Real, Don Manuel de Sada Regidor Contador de Menores y Juez de Albaceazgos, Don Francisco Javier de Urresti Regidor Alguacil Mayor de esta Provincia y Don José Luis de la Garza Procurador Sindico General, se nos manifestó por Don Roque Fato y López… sus ausencias y enfermedades en el que sentamos a su continuación el correspondiente pase y aquí esta razón para su constancia devolviéndose el contenido titulo al interesado y lo firmamos de que damos fe’

 

El uso de los caballos no era autorizado para toda la población

Como dato curioso, vale mencionar que el uso de los caballos era reservado para los españoles, tlaxcaltecas y quienes tuvieran comprobada su lealtad al rey. Esto porque no solo era un medio de trasporte sino también arma de guerra. En cambio, los asnos eran de uso común, y el híbrido de ambos animales la mula (y el macho) estaba reservado para arrieros -transportistas de la época-, por lo que se necesitaba permiso para cruzar ambas especies; veamos una solicitud al alcalde Elizondo para criar mulas:

  ‘Nicolás Antonio de la Cruz, vecino de ésta ciudad, criador de caballada y ganados menores, registra el fierro (dibujado al margen) para señalarlos y se le dá licencia para "abrir dos caballos para echarles burro oficiales”, para cría de mulas’. 

 

La presencia de Nobles en el Nuevo Reino de León

Aunque es poco estudiado el tema de la presencia de nobles en el Nuevo Reino de León, encontramos en el archivo algunos casos. Aquí vemos cómo El Conde de Medina fue declarado dueño de tierras en Pablillo. Debemos aclarar que los nobles vivían bajo otro fuero, pues los alcaldes eran solo acusadores o denunciantes de las infracciones de los nobles, quienes eran juzgados en primera instancia por la Audiencia, en el caso del Nuevo Reino de León, era la de Guadalajara y en segunda instancia, la Cancillería del Rey.

  ‘El gobernador don Manuel Bahamonde, declaran al conde de Medina y Sres. dueños de las Haciendas San Antonio de Pablillo que le fueron rematados en Almoneda, pertenecientes a los bienes de don Francisco María Malacara’.

 

Apoya el alcalde único Pedro José Elizondo la colocación de la Primera Piedra 

de la Iglesia, hoy Catedral Metropolitana de Monterrey

Uno de los actos más importantes que realizó Pedro José de Elizondo como alcalde único fue preparar las festividades; atender a los visitantes y apoyar económicamente la ceremonia para la colocación de la primera piedra de nuestra Catedral:

  ‘Carta del Sr. Obispo al Sr. Gobernador e Ilustrísimo Ayuntamiento de ésta Ciudad avisando que el 26 de noviembre de 1790 se bendecirá y pondrá la primera piedra de la Santa Iglesia Catedral suplica se sirva autorizar la función’.

 

Se integra al patrimonio de la Catedral, la valiosa herencia del obispo Verger

 

El Primer gran tesoro que se integró al patrimonio de nuestra Catedral fue un Relicario, donde se conservaban “fragmentos de huesos de San Joaquín y Santa Ana”, padres de la Santísima Virgen María, Madre de Jesucristo. Este valioso obsequio fue heredado a la Catedral de Monterrey por el recientemente fallecido Obispo Verger, como se muestra en su testamento: 

  “Comunicados testamentarios del Ilmo. Dr. Fray Rafael José Verger, dictados hallándose ‘bastantemente agravado de la enfermedad que días hace le había sobrevenido, en su Palacio de Nuestra Señora de Guadalupe de la Loma, extramuros de esta dicha ciudad. La diligencia expresa que habiendo entrado a la recámara en donde se hallaba...  sentado en su cama en todo contestó con entereza’…. Quinta: Cede a la Catedral de Monterrey, un relicario ‘con su pie de plata y su funda y cubierta de raso carmesí, con galón de plata’, con fragmentos de huesos de San Joaquín y Santa Ana, para que se les dé el culto correspondiente”.

 

 

Como alcalde segundo Pedro José Elizondo desahogó varios juicios criminales

 

Como el contrabando de productos franceses de la Luisiana iba creciendo mucho, el alcalde Pedro José Elizondo recibió, como juez del crimen, la orden de detener a dos sujetos acusados de traer géneros (telas) de contrabando:

 

‘Introducción de mercancías de manera ilegal. Seguimiento de la Instancia entre Don Antonio de Jesús Treviño y Don José Valera, sobre introducción de géneros que dice se hizo clandestinamente’.

 

Atendió también el alcalde Pedro José Elizondo los casos comunes de asesinatos:

 

“Contra José María Guerra, por el homicidio de José Antonio Loya.”

 

No le faltaron al Alcalde casos de denuncias de promiscuidad 

entre la población reinera

Una acusación de una mujer por infidelidad, pero no con un amante en particular, sino de forma promiscua, con incontinencia, es decir, que no podía contener sus instintos carnales:  

  “Querella de Blas de Amaya, acusando de incontinencia a su mujer con Nicólas Puente.”

 

 

Roque Fato y López, Alcalde Primero 1796. Segundo Periodo.

 

Habiendo recuperado la salud, Roque Fato fue electo de nuevo seis años después, para el cargo de Alcalde Primero, y esta vez fue nombrado alcalde segundo José Francisco Arizpe:

  ‘En la ciudad de Monterrey a primero de enero del año de mil setecientos noventa y seis; estando los señores en su sala Capitular como usan, y acostumbran, Presidente don Simón de Herrera, Gobernador, don José Joaquín Canales, Regidor Alférez Real, don Francisco Xavier de Urresti, Regidor Alguacil Mayor y don Manuel de Sada, Regidor Contador de menores: acordaron proceder a las elecciones anuales de alcaldes y demás empleos condijeres y determinaron que don Roque Fato y López que el año anterior havia servido el empleo de Alcalde menos antiguo sirviera el presente año el de mas antiguo y para el de menos antiguo propuso el Alférez Real a don José Francisco de Arispe’

 

Atiende el alcalde Roque Fato una denuncia en contra de matanceros ilegales

En este caso vemos como hay un reclamo del “amo abastecedor de carnes” es decir el súbdito que tenía los derechos para la matanza y venta de carnes por la venta ilegal de este producto:

  ‘Expediente movido por don Cayetano de la Garza, amo abastecedor de carnes de ésta ciudad, sobre que se abstengan de matar los individuos que cita’.

 

La riqueza de nuestro Archivo permite enterarnos hasta de cábalas europeas

Entre las curiosidades del Archivo Histórico de Monterrey se encuentra una carta particular, en la que el escribano del Cabildo da cuenta de que en ella se asienta la invasión francesa a Italia y el evidente estallido de la guerra de España contra Inglaterra:

  ‘Varios asuntos correspondientes a los años de 1796-1798: Carta particular remitida desde España de madre a un hijo residente en la Nueva España, en donde le comunica sobre la toma que los franceses han hecho del territorio italiano, así como del constante murmullo de una guerra de España con Inglaterra’.

 

Ratifica el virrey que la cábala resultó cierta y trajo repercusiones al Nuevo Reino

Y ya para el mes de mayo, notifica el virrey al Nuevo Reino de León del estallido de la Guerra:

  ‘Bando de Miguel La Grua Talamanca y Branciforte, sobre declarar la guerra contra la Francia. Rúbrica del Marqués de Branciforte, por mandado de Josef Ignacio Negreyros y Seria’.

  Eso era importante porque, para el sostenimiento de la guerra, se elevaron las alcabalas  o impuestos al comercio interior. Al mismo tiempo, el virrey anunciaba que este aumento finaría junto con la guerra.

  ‘Bando de Miguel La Grua Talamanca y Branciforte, en el que se recarga un dos por ciento en la Alcabala por equivalente de la que debe verificarse en las reventas de todos los efectos, con la precisa calidad de que concluida la propia Guerra, debería extinguirse desde luego este impuesto, según la prevención de la Real Orden de 23 de Enero de 94 inserta en el Bando publicado en esta Capital en 17 de mayo. Rúbrica de el Marqués de Branciforte y Juan Thomas Martínez de Loria’.

 

La solución de la Guerra: una boda doble de dos infantas españolas 

con nobles franceses, y para celebrarlo se indultaron presos

La guerra se solucionó ese mismo año por la vía política casando a dos infantas (princesas españolas) con nobles franceses; para celebrar La Paz se concedió un indulto general a los delincuentes menores:

  ‘Bando de Miguel La Grua Talamanca y Branciforte, en el que con motivo de los matrimonios de las serenísimas Señoras Infantas Doña Maria Amalia y Doña Maria Luisa, y de la Paz con los Franceses, se ha dignado su Real clemencia conceder Indulto general en Real Cédula espedida en 10 de Junio último por el Supremo Consejo de las Indias bajo los términos contenidos en ella, cuyo tenor esta incluido en este bando. Rúbrica de el Marqués de Branciforte y Josef Ignacio Negreyros y Soría’.

 

Pero eso sí, hubo castigos a los militares bígamos

Sin embargo el indulto no fue general y el virrey encargó a los alcaldes castigaran a los militares bígamos, o que tratarán de contraer un segundo matrimonio ilícito:

  “Bando de Miguel La Grua Talamanca y Branciforte, sobre que los militares sean indistintamente aprehendidos en la Real Pragmatica de Matrimonios. Rúbrica del Marqués de Branciforte.”

 

La presencia de la sequía obligaba a construir infraestructura y racionar el agua

El gobernador Simón de Herrera y Leyva, quien proyectaba la construcción de dos presas sobre el Río Santa Lucía. Mientras se construían las presas y con ello se estableciera un nuevo sistema de acequias y distribución de aguas publicó un reglamento de aguas que era obligación del alcalde cumplir: 

  ‘Bando de Don Simon de Herrera Leyva. Reglamento que dice lo siguiente: A fin de remediar el desorden que se experimenta con el riego de las Aguas destinadas al Servicio de la Ciudad, disfrutándolas a su advirtió como unicos dueños de ellas, aquellos por donde pasan, sin consideracion a que todos tienen igual derecho; he determinado que por ahora, y en el interin se forma un reglamento que sirva para lo subcesibo se observe el methodo siguiente:1° ........ Las Aguas se repartirán en iguales partes por tres Acequias, que todas sin interrupción tendrán a la ciudad en terminos que nunca falte en ellas para las obras y demás servicio del Publico. 2° ........ Todo el que necesite Agua para el riego de su solar, o huerta, acudirá a el Juez o Guarda, que al efecto se nombrará, y el que, sin esta interbencion la tomare sufrirá la multa que se expresará en este . 3° .........Para Zelar, y hacer que todos rieguen con igualdad, tengo nombrado un Guarda que bajo inmediata dirección de el Sindico Procurador, cuide la observancia de lo prevenido por este Reglamento interino; y como no es justo, ni tampoco habría quien quisiera servirlo sin expendio: Mando que todos los individuos anotados en la lista firmada de mi puño, pague la pequeña pension, que le va asignada, la que solo se deverà entender por una vèz en cada un año, y exciviràn en el primer riego que dieren despues de publicado este. 4° ........ Como hay muchos que usan de el agua para negociacion, y otros para solo recreo, y servicio de sus casas, se les impone a los primeros mas crecida la pension, que a los segundos, bien que mas, y otras, solo se deve graduar por un pequeño reconocimiento. 5° ........ Si alguno de los anotados en las listas husare pagar la pension, quedará excluido de disfrutar agua en lo subcesibo, pues solo quedarán Empadronados en el Reglamento los que ahora la disfrutan, quitándoles a los demàs hasta las Azequias que pasen por sus Posesiones. 6° ......... Siempre que el Guarda, para poder desempeñar el cargo en que se ha constituido, pida la entrada en la huerta, se le franqueará por el dueño, sin maltratarle, ni usar de palabras agenas de buena crianza. 7° ........ Se prohive en lo subcesibo, a hacer con las expresadas Aguas, siembras de cañas, ni de màs para negociar, para este efecto tiene la ciudad destinada, otra agua, y tierras que les arrendarà, para sus propios, como ha sido costumbre, prohibiéndose igualmente que se replante la caña en las huertas que en el dia las hay sin licencia del Gobierno que la permitirà siempre que se considere no perjudicar a el servicio de la ciudad, para lo que fue concedida por el Sr. Donante, y el que asi no lo observare, sufrirà la multa de diez pesos, y perdiciòn de lo sembrado, por que no se le darà el agua. 8° ........ Todos, y cualesquier que faltare a lo prevenido, e incerto en este, sufrirà por la primera vèz la multa de doce reales, por la segunda, tres pesos y por la tercera quatro pesos y quatro reales y perdido el derecho de volber a regar, aplicadas las multas a la recomposicion de las Azequias, para lo que llebarà el procurador un libro, en que conste las que exhija, que pasarà a su subcesor. Rúbrica de Simon de Herrera’.

 

José Francisco de Arizpe, Alcalde Segundo. 1796

 

José Francisco de Arizpe era de familia Saltillense y se dedicaba al comercio en Monterrey. Como juez de lo criminal tramitó, según era su responsabilidad, numerosos juicios.

 

Entre los delitos más castigados estaba el abigeato:

 

‘Causa contra José Antonio Bustamante por robo que ejecutó de reses’.

 

La violencia sexual, lacra presente en nuestra sociedad en todos los tiempos, fue combatida por el alcalde Segundo De Arizpe. 

 

Veamos una acusación de violación de una doncella:

 

‘Expediente sobre queja entablada por don José Joaquín de Treviño por violación de la virginidad de su hija llamada Da. Isabel María contra don José de Jesús Torijano’.

 

 

FUENTES

ARCHIVO HISTÓRICO DE MONTERREY 

 

Colección Protocolos

VOLUMEN 21 EXPEDIENTE 1 FOLIO 91 NO 47

VOLUMEN 21 EXPEDIENTE 1 FOLIO 25 NO 14

VOLUMEN 21 EXPEDIENTE 1 FOLIO 45 VTO NO 24

VOLUMEN 21 EXPEDIENTE 1 FOLIO 77 NO 37 

COLECCIÓN CIVIL 

VOLUMEN  140 EXPEDIENTE 2

VOLUMEN 22 EXPEDIENTE 2 FOLIO 19

VOLUMEN 191 EXPEDIENTE 6

VOLUMEN 140 EXPEDIENTE 6

VOLUMEN 140 EXPEDIENTE 9

VOLUMEN 141 EXPEDIENTE 12

VOLUMEN 165 A EXPEDIENTE  FOLIO 33

VOLUMEN 157 EXPEDIENTE 1

COLECCIÓN CRIINALES

VOLUMEN 29 EXPEDIENTE 510

VOLUMEN 29 EXPEDIENTE 511

VOLUMEN 29 EXPEDIENTE 512

VOLUMEN 30 EXPEDIENTE 532

VOLUMEN 31 EXPEDIENTE 538

COLECCIÓN MISCELÁNEO 

VOLUMEN 1 c EXPEDIENTE 2 FOLIO 1

COLECCIÓN BANDOS 

VOLUMEN 3 EXPEDIENTE 3 FOLIO 1

VOLUMEN 6 EXPEDIENTE 3 FOLIO 2

VOLUMEN 3 EXPEDIENTE 3 FOLIO 2

VOLUMEN 6 EXPEDIENTE 6 FOLIO 3

VOLUMEN 6 EXPEDIENTE 6 FOLIO 4

COLECCIÓN ACTAS DE CABILDO 

1º de enero de 1790

1º de enero de 1796

 

22 de septiembre de 1796